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DEMANDA GRATUITA DE CLÁUSULA MULTIDIVISA

Si tiene una hipoteca multidivisa, puede solicitar la nulidad de sus cláusulas por falta de transparencia de forma completamente gratuita. Nuestros abogados especializados en derecho financiero y bancario se encargarán de todos los trámites hasta que le devuelvan el dinero pagado de más por la aplicación de las cláusulas multidivisa. Y además con garantía en el resultado. 

El Tribunal Supremo, en Sentencia 608/2017, de 15 de noviembre, declara la nulidad parcial de la hipoteca multidivisa por falta de transparencia. Esta sentencia adapta la doctrina de la Sala Primera a la jurisprudencia del TJUE, que en el caso Banif Plus Bank (sentencia de 3 de diciembre de 2015) consideró que las operaciones de cambio de divisa, accesorias a un préstamo que no tiene por finalidad la inversión, no constituyen un instrumento financiero distinto del propio préstamo, sino únicamente una modalidad indisociable de ejecución de éste. Dado que la definición de los instrumentos financieros a efectos de la aplicación de la normativa sobre el mercado de valores es una cuestión regulada por el Derecho de la Unión (Directiva MiFID), que los tribunales españoles deben aplicar de conformidad con la jurisprudencia del TJUE, se concluye que el préstamo hipotecario en divisas no es un instrumento financiero regulado por la Ley del Mercado de Valores.

    Ello no excluye la sujeción de las entidades financieras que conceden estos préstamos a las obligaciones de información que establecen las normas de transparencia bancaria y las de protección de consumidores y usuarios, en los casos en que el prestatario tiene la consideración legal de consumidor.

    La sala descarta que las cláusulas multidivisa controvertidas fueran objeto de negociación individual y quedaran por ello excluidas del ámbito de aplicación de la Directiva sobre cláusulas abusivas. Se trata de cláusulas que definen el objeto principal del contrato, sobre las que existe un especial deber de transparencia y respecto de las que las instituciones financieras deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que éstos comprendan no solo su contenido formal y gramatical, sino también su alcance concreto y puedan tomar decisiones fundadas y prudentes.

    NUESTRO EQUIPO DE ABOGADOS EXPERTOS EN CLÁUSULA MULTIDIVISA TRAMITARÁN SU DEMANDA DE FORMA COMPLETAMENTE GRATUITA

    El hecho de que la cláusula multidivisa estén excluidos de la normativa MiFID no significa que no sean un producto complejo a efectos del control de transparencia. La sentencia aplica los criterios de la sentencia del TJUE de 20 de septiembre de 2017 (caso Andriciuc) y considera que aunque el consumidor medio puede prever el riesgo de un cierto incremento de las cuotas de amortización por efecto de la fluctuación de las monedas sin necesidad de una especial información, no ocurre lo mismo con otros riesgos asociados a estas hipotecas multidivisa.

    En la cláusula multidivisa, la fluctuación de la divisa supone un recálculo constante del capital prestado, lo que determina que, pese al pago de las cuotas de amortización periódica, el prestatario puede adeudar un capital en euros mayor que el que le fue entregado al concertar el préstamo. Incluso aunque se cumpla la obligación de pagar las cuotas, el banco pueda dar por vencido anticipadamente el préstamo si el euro se devalúa, por encima de ciertos límites, sobre la divisa extranjera.

    Las hipotecas que incluyen cláusula multidivisa ofrecen al consumidor la posibilidad de pagar las cuotas del préstamo mediante una divisa distinta a la moneda local. Ofrece grandes ventajas para el consumidor, pero entraña un elevado riesgo ya que hace pender la cuantía de la misma de la apreciación o depreciación de la divisa elegida.

    DEMANDA GRATUITA LA CLÁUSULA MULTIDIVISA

    Los riesgos en una operación hipotecaria en España vienen dados principalmente por una subida en el índice de referencia (EURIBOR), ya que si sube tendremos una subida en nuestra cuota a pagar, lo que se traduciría en más pago de intereses o en incapacidad de asunción de pagos y riesgo de insolvencia

    En una hipoteca multidivisa los posibles riesgos pueden venir dados por una subida en el índice de referencia (LIBOR) y por una apreciación de la divisa en la que constituimos nuestra hipoteca (YEN JAPONÉS o FRANCO SUIZO) lo que determina que el riesgo sea mucho mayor.

    El peligro de la hipoteca en yenes en el año 2006 era evidente para cualquier entidad financiera que conociese las previsiones de fortalecimiento del euro dada la recesión económica japonesa y la política anti inflacionista europea, en la que se maximizaban los tipos de interés, determinantes a la larga de la constante revalorización de la moneda. Era la época de Jean Claude Trichet como presidente del Banco Central Europeo posteriormente sustituido por Mario Dragui , quienes mantuvieron una moneda fuerte y elevados tipos de interés.

    En este sentido, recuerda el Tribunal Superior de Justicia de la UE en su Sentencia de 30 de abril de 2014 que, que los artículos 3 y 5 de la Directiva 93/13, y de los puntos 1, letras j) y l), y 2, letras b) y d), del anexo de la misma otorgan una importancia esencial para el cumplimiento del requisito de transparencia a la cuestión de si el contrato de préstamo expone de manera transparente el motivo y las particularidades del mecanismo de conversión de la divisa extranjera, así como la relación entre ese mecanismo y el prescrito por otras cláusulas relativas a la entrega del préstamo, de forma que un consumidor pueda prever sobre la base de criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas derivadas a su cargo (Apdo. 73).

    Es decir, el contrato de préstamo debe exponer de manera transparente el funcionamiento concreto del mecanismo de conversión de la divisa extranjera, así como la relación entre ese mecanismo y el prescrito por otras cláusulas relativas a la entrega del préstamo, de forma que ese consumidor pueda evaluar, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas derivadas a su cargo.

    Es la doctrina de la nulidad por falta de transparencia, según la cual el banco hipotecante debe de informar de que se podía producir:

    • Un incremento muy importante y a largo plazo de las cuotas periódicas de amortización que pudieren derivar en incumplimientos de pagos.
    • Que el importe del saldo a ejecutar en caso de impagos pudiese ser muy superior al importe del préstamo concedido.
    • Que el banco podría dar por resuelto el contrato en el caso de que la variación de la divisa determinase que el bien hipotecado no garantizaba suficientemente el préstamo en yenes. Solo se le insistió en que el interés era más bajo y las cuotas hipotecarias menores.

    LOS DATOS DE NUESTRAS SENTENCIAS

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    OPINIONES DE NUESTROS CLIENTES

    Juan Lorenzo Solís Valle, 08/03/2021

    "Enhorabuena Gisela por conseguir que se haga justicia y ya de camino.
    Un saludo desde Cádiz."
    .

    NUEVA SENTENCIA FAVORABLE VALORES SANTANDER El Juzgado de Primera Instancia nº.4 de Santander ha dictado la sentencia 287/2020, de 1 de diciembre, donde falla a favor de los perjudicados por los Valores Santander. En primer lugar, estima la legitimación activa de Asufin para actuar en defensa de los intereses individuales de sus asociados, reiterando la amplia jurisprudencia a este respecto del Tribunal Constitucional y de la Audiencia Provincial de Cantabria. La sentencia, la cual ha sido conseguida por nuestra letrada Gisela Bernaldez Breton, declara que la comercialización de los Valores se produjo incumpliendo los deberes de información del Banco a una anciana y sus hijas sin ningún conocimiento ni experiencia financieras, por lo que esta actuación negligente implica la indemnización de daños y perjuicios.

    Maribel Bernardo, 06/02/2021

    "Buen trabajo.".

    INCLUSIÓN INDEBIDA FICHERO DE MOROSOS En la reciente sentencia 93/2020, de 14 de mayo, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, hemos conseguido que el Tribunal declaré que una importante compañía de telefonía vulnero el derecho al honor de un consumidor, obligando a indemnizarlo con 6.000€. La empresa lo incluyo en un fichero de morosos (de insolvencia patrimonial) por un supuesta deuda que tenía con un línea de telefonía, sin realizar ninguna comprobación y sin la más mínima diligencia debida. El cliente nunca había tenido producto alguno contratado con esa compañía, y ni la ciudad ni el número de cuenta asociados a la deuda eran del afectado, habiendo sufrido una suplantación de identidad. Como consecuencia de la indebida inclusión, el consumidor vio vulnerado su derecho al honor y a la protección de sus datos personales, y por ello se ordena que sea indemnizado con la cantidad de 6.000€.

    Marta San Ildefonso, 10/01/2021

    "Enhorabuena.
    Confirmo lo dicho. Una profesional de alto nivel y con una preparación impecable"
    .

    Víctor Regueira Mauriz, 14/12/2020

    "No sabes lo que me alegro de tus victorias. Son las mías.
    Un abrazo Gisela."
    .

    La batalla que parecía perdida contra el gigante banco Santander, se va ganando. Así lo confirma la reciente Sentencia 50/2019 de 8 de marzo del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santander que falla a favor de un peluquero que adquirió los Valores en dos ocasiones: al momento de la OPA en septiembre del 2007 y con posterioridad en el mercado secundario. Esta sentencia marca un antes y después en la lucha por recuperar los ahorros de los desprotegidos inversores, ya que a pesar de haber transcurrido 12 desde la suscripción y de haberse adquirido en un mercado secundario, la Magistrada falla en contra del banco y obliga a indemnizar las pérdidas sufridas porque al recomendarse la compra de los Valores no se realizó una correcta explicación del producto destacando los riesgos de pérdida de capital.

    Mario Estévez Martín, 10/11/2020

    "Después de casi 8 años y gracias al excelente trabajo y dedicación de nuestra abogada Gisela Bernaldez Bretón hemos conseguido llegar un buen acuerdo con el BS.
    Si tenéis dudas sobre denunciar o no, os animo a que habléis con Gisela y os aconseje al respecto."

    Suso Rodríguez Cuesta, 08/10/2020

    "Gisela Bernaldez Bretón es probablemente la abogada más cualificada a la hora de reclamar este producto !"

    Rosa González Pérez, 05/09/2020

    "Nuestra abogada Dña. Gisela Bernaldez Bretón nos ha informado que hemos ganado el juicio contra el Banco por los valores Santander. Creo que de no ser por la decisión de poner en sus manos nuestro caso hubiéramos perdido los ahorros que tanto trabajo costó reunir. Muchas gracias letrada. Quedamos a la espera de nuevas noticias."

    Carmela Rodas, 02/03/2020

    "Buenas noches, llegó el momento de acabar con lo que llevamos años luchando ,gracias a Gisela Bernaldez Bretón
    por tu esfuerzo, tu buen hacer y tu profesionalidad, mi familia te agradecemos todo lo que as luchado por lo que era nuestro ,tenemos una cita pendiente en persona.
    Gracias por ponerlo tan fácil. No lo dudéis ni un segundo en contar con Gisela .
    Gracias al grupo y a todas las personas que me han orientado con sus mensajes y con llamadas."

    Jose Luis Fernández, 14/09/2019

    "Ayer recibí la buena noticia por parte de la abogada Gisela Bernaldez Bretón. Decía... ¡¡¡ENHORABUENABUENA!!! Habéis ganado el juicio por los Valores Santander, y no sólo el mío sino también de otros 4 afectados mas que se hizo conjunto, En mi caso el banco me tiene que devolver todo lo invertido más los intereses. Gracias Gisela por tu profesionalidad, tu energía y entusiasmo mostrado en nuestra defensa, por estar convencida que lo ganaríamos, por no cobrar nada hasta el momento..., ENHORABUENA!!! a ti por lo conseguido. También agradecer a los integrantes de este grupo por darnos su apoyo, animarnos con sus comentarios y con sus sentencias favorables, fue largo el proceso, pero mereció la pena. Gracias a todos."

    Eduardo Avila Barroso, 21/07/2019

    "Buenos días, esta mañana he recibido una gran noticia de parte de la abogada Gisela Bernaldez Bretón, hemos ganado el juicio por los Valores Santander, gracias a Gisela por su trabajo tan profesional y su apoyo, ahora a esperar cómo proceder.
    Saludos."

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