¿QUÉ ES EL CÁRTEL DE COCHES Y QUE ESTA OCURRIENDO?

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recibió una denuncia en 2013 sobre la existencia de un cártel organizado entre empresas muy reconocidas de automóviles para colaborar e intercambiar información entre ellas, información que es confidencial y sensible, y que afecta especialmente a la fijación de precios y a servicios post venta.

De esta manera, escapaban a la competencia del mercado, perjudicando gravemente los intereses y derechos de los consumidores, lo que supone un DELITO CONTRA EL MERCADO Y LA COMPETENCIA según artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que tratan todo lo relativo a la defensa del mercado y la competencia.

El cartel llevó a cabo prácticas anti trust y colusorias desde el año 2006 hasta 2013, llegando a abarcar más del 90% de la cuota de mercado de coches. Este autodenominado “Club de las Marcas” consiguió llegar a poder fijar los precios, dando como resultado que millones de personas afectadas pagasen de más en la compra de sus vehículos, además de un empeoramiento en los servicios postventa.  En 2013 SEAT, integrante del propio cártel, denunció el entramado, acogiéndose posteriormente al Programa de Clemencia.

La CNMC llevo a cabo una investigación a todos los integrantes del cártel y dos años después, en julio de 2015 publicó un informe sancionador con una multa total de hasta 171 millones de euros a más de 20 conocidas empresas de automóviles, salvando de la sanción, por haber denunciado estas prácticas, a SEAT, Volkswagen Audi España y Porsche Ibérica (pertenecientes todas al mismo grupo de fabricantes).

Las marcas de coches elaboraron un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, que dictó sentencia a finales de 2019, posicionándose a favor de la CNMC y en contra de las marcas, considerando la existencia efectiva del cártel y desestimando a las empresas automovilísticas, salvando como excepción a Mazda.

Esto llevo a que las marcas acudiesen, en última instancia, al Tribunal Supremo, que tras estudiar el asunto ha dictado sentencias desde el 20 de abril de 2021, siendo la primera la de Peugeot & Citroën (STS 531/2021) contando, a fecha actual de noviembre de 2021, con un total de 12 EXITOS JUDICIALES que dan un gran triunfo para los consumidores porque afirman la existencia del cártel y condenan, de manera definitiva, al “Club de las Marcas”. Esto supone para los consumidores una oportunidad de recuperar el dinero indebidamente pagado como consecuencia del cártel y la fijación de sobreprecios. En esta instancia, por el recurso presentado por la CNMC, también se condena a Mazda.

A continuación, se enlazan las Sentencias del Supremo por marcas y cronología, además de la de Peugeot & Citroën:

RENAULT STS 633/2021  de  06/05/2021

VOLVO STS 640/2021 DE 06/05/2021

FORD STS 683/2021 de  13/05/2021

CHRYSLER & FIAT STS 684/2021 de  13/05/2021

HYUNDAI STS 689/2021 de  17/05/2021

MAZDA STS 705/2021   de  19/05/2021

BMV STS 759/2021  de   31/05/2021

NISSAN STS 807/2021  de 07/06/2021

HONDA STS 1145/2021  de 17/09/2021

MERCEDES BENZ STS 1171/2021 de  27/09/2021

GENERAL MOTORS STS 1205/2021 de  05/10/2021

Existe UN AÑO DE PRESCRIPCIÓN para poder reclamar desde que se pronuncia el Tribunal Supremo, por lo que es ES FUNDAMENTAL empezar a movilizarse cuanto antes.

¿QUÉ PUEDO HACER PARA DEFENDER MIS DERECHOS COMO CONSUMIDOR?

Si te encuentras en la situación de haber comprado tu coche entre el año 2006 y 2013, es muy probable que hayas sufrido este sobreprecio y, por tanto, tienes legitimidad como consumidor para pedir que se te devuelva el dinero. Es un dinero que jamás se debió pagar por usted ni ningún consumidor y tiene derecho a su devolución.

Para conseguir esto, se van a interponer demandas colectivas, aunando la fuerza de todos los afectados a través de nuestro despacho mediante Asociaciones De Consumidores porque:

– Reduce mucho los costes de elaboración de perito, vitales para poder acreditar la cuantía exacta del sobreprecio y del daño producido por el cártel en cada marca de vehículo. De esta manera, los gastos se reparten, redundando en una mayor rentabilidad para los asociados.

– Se posibilita poder disfrutar de justicia gratuita por los afectados, por acudir a través de una asociación de consumidores). No se asumen costas en el supuesto de pérdida del litigio (los costes lo asumen la asociación) y se da una exención total en tasas, tanto por acceder a los Juzgados como por recurrir.

– Una defensa más efectiva y especializada porque hay mayor disponibilidad de letrados especializados en Defensa de la Competencia.

– Mayor impacto social porque no es lo mismo acudir 20 personas, en procesos separados, que acudir 100 consumidores en un mismo proceso. Tiene mayor repercusión y a vista de los jueces, tiene mayor reconocimiento.

¿CÓMO PONGO EN MARCHA LA DEFENSA DE MIS DERECHOS?

Lo primero, tras saber si eres afectado/a, es ver toda la documentación necesaria, que sería:

1. Factura de compraventa del vehículo.

2. Ficha técnica del vehículo en cuestión.

3. Completar una reclamación extrajudicial, que se facilitará por la asociación de consumidores.

4. Si es posible, extracto o comprobante del pago del vehículo.

En caso de haber vendido el vehículo o haberlo financiado con leasing o renting, se necesitaría estudiar el caso de manera particular, necesitando una mayor documentación adicional que nuestro despacho te indicará.

Se interpondrán DEMANDAS ACUMULADAS POR MARCAS DE VEHÍCULOS, pudiendo plantearse en cualquier sede judicial de España en la que existan Juzgados Mercantiles.

Si estás interesado o quieres tener más información, puedes contactar con nosotros y resolveremos todas tus dudas.

(REDACTADO POR ALEJANDRO CUNHA MORENO)